La ley de Regulación Administrativa de Espectáculos Públicos y Actividades

by Carles Rodriguez on 30 June 2009

Noticies.net: “La ley de Regulación Administrativa de Espectáculos Públicos y Actividades se aprueba este miércoles en el Parlamento de Catalunya con novedades como el hecho de que los ayuntamientos catalanes tendrán plenas competencias en cuestiones como el control, adjudicación de licencias, inspección y sanción de los establecimientos de ocio, como bares y discotecas. También quiere favorecer la convivencia entre los organizadores y propietarios de locales e iniciativas lúdicas, profesionales, espectadores y también de los vecinos que residen en una zona próxima a estas actividades. La normativa en este ámbito, que no se renovaba desde el año 1990, regula por primera vez locales de régimen especial, como es el caso de los ‘after hours’.”

LaVanguardia: “Es una ley descentralizadora hasta tal punto que la plena competencia de la tramitación de licencias, inspección y potestad sancionadora recaerá a partir de ahora en manos de los municipios y no del Govern. Es la nueva ley de Espectáculos, que mañana pasará por su aprobación en el Parlament y que da la última palabra a los municipios, sobre todo en lo que al ocio nocturno se refiere. Una ley que posteriormente desplegará el reglamento que determinará qué tipo de locales habrá, qué horarios deberán cumplir y qué requisitos les serán obligatorios para funcionar. Pero, de entrada, sienta bases importantes. Entre ellas que podrán existir los after hours,ilegales hasta el momento, con un sinfín de requisitos, y que estos podrán abrirse siempre y cuando el municipio lo quiera.

La nueva ley, que ha cambiado de nombre y pasa a denominarse ley de Regulación Administrativa de los Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, introduce también como cambio significativo la obligación de que cualquier pub, bar, discoteca o bar musical que quiera abrir tenga que someterse a un periodo de exposición pública durante el cual todo vecino o entidad podrá alegar. Se trata de un nuevo trámite obligatorio para obtener una licencia de apertura, que responde a los criterios de derechos y obligaciones para garantizar uno de los puntales que inspira la nueva ley: el principio de convivencia. Así, según explicó ayer la directora general del Juego y de Espectáculos del Departament d´Interior, Mercè Claramunt, la ley recoge tanto el derecho del vecino al descanso, a decir la suya durante las tramitaciones de las licencias o a asegurarle el derecho de que se hagan controles de ruidos, pero también lo obliga a abrir las puertas de su casa en el caso de que haya puesto una denuncia en este sentido. “Si no nos permite la entrada entenderemos que no da lugar la denuncia”, explicaba Claramunt.”

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